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Baraita de Rabi Ishmael 



La Baraita de Rabí Ishmael

La Beraita de Rabí Ishmael figura en la introducción al Sifrá (el Midrash halájico del Libro de Vaikrá). Define 13 Principios (Midot) para la interpretación halájica del texto de la Torá.

Estos principios se aplican frecuentemente en el Talmud para deducir y explicar las fuentes de las distintas leyes en el texto de la Torá. Estas 13 Midot son parte integral de la Tradición Oral.


1) Kal vaJomer – Deducción de una ley "de menor a mayor y de mayor a menor"

Un ejemplo de este principio encontramos en las palabras de Moisés a D's: "Si los hijos de Israel no me escucharon, por qué habría de escucharme el Faraón?" (Exodo 6,12).

Rashí (Rabí Shlomó ben Isaac, 1040-1105) el tradicional comentarista de la Torá, dice que se trata de uno de los diez casos de Kal vaJomer que figuran en el texto de la Torá.

El mismo principio se aplica en el caso opuesto. Si en una situación más grave la Torá demuestra una cierta benevolencia, podemos deducir que esa misma benevolencia se aplicaría con certeza en un caso menos grave.

2) Guezerá Shavá – Consiste en hallar "similitud de palabras o frases en dos textos distintos de la Torá". Cuando se encuentra en la Torá, en dos casos separados, una palabra o expresión idéntica o similar en dos versículos de diferentes contextos se deduce que hay una analogía y cada uno de los casos complementa al otro.

Un ejemplo de la aplicación de este principio se encuentra en la ley que prohibe el arrancarse los cabellos en señal de duelo, tal como hacían los paganos de la época.

En otro lado existe una prohibición similar en referencia a los Cohanim. En ambos casos se usa la palabra "Karja" ("haciendo calvicie"). La expresión de "acuerdo con la tradición" muestra un caso donde debe aplicarse el principio de Guezerá Shavá para deducir que de la misma manera que en el caso de los Cohanim la prohibición se refiere a cualquier parte de la cabeza, lo que también ocurre en el caso de los judíos comunes.

En el caso de estos últimos la prohibición se refiere al duelo por los muertos, igual que en el caso de los Cohanim. Se subraya "de acuerdo con la tradición" porque este principio (al igual que los otros) no puede usarse libremente, sino tan sólo en los casos y en la forma como ha sido transmitido por la tradición.

3) Deducción "establecer un precedente": Se entiende como establecer una regla general que pueda extenderse a casos similares. Por ejemplo, la Torá permite la preparación de comida en la Festividad de Pesaj (Exodo 12:16), ya que Pesaj es el primero de todos los Jaguim (festividades) y sirve como precedente para todos los demás Jaguim en lo que respecta a la posibilidad de preparar comida.

Dicho principio debe basarse en un texto o en dos textos distintos. Como ejemplo de esto último puede citarse la ley referente a los defectos o deformidades. La definición de defectos físicos se deriva de dos textos en la Torá, uno que trata de los defectos en los humanos, por el cual se descalificaba a un Cohén para prestar servicio en el Bet Hamikdash (Levítico 21:20) y el otro especificando defectos en los animales, los cuales los descalificaban para ser objeto de los sacrificios (Levítico 22:22). Los textos se toman en conjunto para determinar que es lo que constituye un defecto en cualquier caso en que la palabra "defecto" sea mencionada en la Torá, ya sea con respecto a un animal o a una persona.

4) Deducción "regla general seguida de una particular (o varias particulares)": En este caso, la regla general está calificada y limitada a las particulares y nada más, por ejemplo, está escrito: "Cuando cualquiera de vuestros hombres traiga un sacrificio para D's de una bestia, ganado u ovejas" (Levítico 1:2). "Bestia" es un término general que puede también incluir animales salvajes kasher.

Pero este término generalizado está seguido de particulares específicos, o sea "ganado" u "ovejas", y por lo tanto queda limitado solamente a éstos. De esta manera quedan excluidos los animales salvajes y éstos no pueden ofrecerse como sacrificio.


5) Deducción "término particular seguido de uno general":

En este caso, el término general determina qué es lo que debe incluirse. Un ejemplo de este principio puede encontrarse en la ley que determina la devolución de objetos perdidos. Esta escrito: "Y así lo harás con su asno y sus ropas" (Deuteronomio 22:23). Estas son categorías específicas que harían dejar de lado cualquier otra. Sin embargo, el texto continúa: "Y así lo harás con cualquier objeto perdido de tu prójimo", lo cual es una generalización haciendo que sea un mandamiento el devolver cualquier objeto perdido que pueda ser identificado por su dueño.

6) Deducción "termino general seguido de particulares, seguido nuevamente de un término general": Aquí los particulares especificados en el texto no son excluyentes (como en el ítem 4), sino que son considerados como términos "colectivos", incluyendo cualquier cosa que tenga características similares y excluyendo todas aquellas cosas que no tienen esas características. Uno de estos casos es la ley de custodia o de depósito. Está escrito en la Torá: "Si un hombre le entrega a su amigo dinero o utensilios para que los guarde..." (Exodo 22:8). La oración comienza con una proposición general (si un hombre le entrega a un amigo), luego continúa con particulares (dinero o utensilios), y vuelve a un término general (para que los guarde). Aplicando el principio antes mencionado, la deducción es que no solamente el dinero y los utensilios están abarcados por esta ley, sino también todos aquellos artículos que tienen las características de dinero y los utensilios, a saber: a) los que tienen valor intrínseco, y b) son movibles. De esta manera, la ley no abarca cosas tales como un campo, porque es inamovible, ni una nota de crédito, porque no tiene "valor propio", excepto la del papel donde está escrita.


7) Deducción "una regla general que requiera un término particular para explicarla" y opuestamente "un término particular que requiera una regla general para que lo complete":

Un ejemplo de la aplicación de este principio se encuentra en la ley concerniente a la consagración del primogénito. Está escrito en la Torá: "Santificad para Mi a todos los primogénitos" (Exodo 13:8). Esta es una proposición general, la cual por sí sola, también incluiría a una primera hija. Pero en otro lugar la Torá especifíca: "masculino solamente". El interrogante sigue en pie. Quizá lo que se quiere significar es el primero de todos los bebés del sexo masculino, aunque éste haya sido precedido por un bebé del sexo femenino. Por eso el texto explica aún más: "aquel que abre el útero" (Exodo 13:2). Debe realmente ser el primer hijo en nacer, aquel que no le sigue a nadie. Aún podría preguntarse; el texto se refiere al primer bebé nacido de manera natural, o también aquél nacido por medio de una operación cesárea?

Es aquí que texto aclara las dudas insistiendo en que se trate de un primogénito (Bejor) nacido de parto natural. De esta manera, el término general "primogénito" se explica mediante las definiciones específicas para indicar que solamente un primogénito que tenga las tres condiciones siguientes, puede ser consagrado: a) sexo masculino; b) nacido de manera natural; y c) el primer niño de la madre. El cumplimiento de estas condiciones califica a un primogénito como verdadero en su condición (Berajot 19a).

  Deducción "cuando un tema que ya ha sido incluido en una proposición general es luego mencionado en forma separada, para dar algún tipo de información nueva, esto no significa que se trata de una circunstancia aislada, sino que se está tratando de clarificar también la prohibición general": Un ejemplo de la aplicación de este principio se encuentra en la ley concerniente a la prohibición de trabajar en Shabat. Está escrito en la Torá: "No trabajarás (en Shabat)" (Exodo 20:10). Más adelante está escrito: "No encenderás el fuego en el día de Shabat" (Exodo 35:3).

El encender el fuego está ya incluido en la prohibición general de trabajar, la cual cubre 39 categorías de trabajo que fueron realizadas durante la construcción del Santuario, tal como lo transmite la tradición. Por qué entonces se menciona por separado el encendido del fuego? La respuesta es: Para establecer una regla que se aplique tanto a sí misma como a todas las otras categorías de trabajo incluidas en la prohibición general, es decir, de la misma manera que el encender el fuego es una de las principales categorías de trabajo prohibido durante el Shabat, que hace que el que la transgreda se vea obligado a traer una ofrenda en forma "separada" exclusiva para esa categoría, inclusive cuando transgredió también otro tipo de trabajo.

De la misma manera cualquiera de las 39 categorías principales está sujeta a obligaciones en forma separada. Sobre la base de este principio, la ley explica que cuando una persona realiza dos o más de las mencionadas 39 categorías de trabajo en Shabat, olvidando que fueron prohibidas, debe traer una ofrenda de expiación por el pecado para cada una y tantas como trabajos haya realizado.

9) Deducción "cuando un tema que ya ha sido incluido en una regla general es omitido (mencionado separadamente) para especificar un determinado punto que también está incluido en la regla, esta excepción está destinada a aliviar y no a agravar ese caso en particular": Un ejemplo de la aplicación de este principio puede encontrarse en la ley concerniente a "Negaím" (manchas o síntomas de tzaraát - lepra). La Torá comienza con una regla general acerca de las manchas de la piel (Levítico 13:2) especificando tres síntomas agudos, de los cuales los dos primeros son señal de Tumáh (impureza) que indican que la persona está realmente afectada por la lepra.

Estos síntomas son: a) cabellos blancos dentro de la mancha de la piel b) carne viva (herida abierta) en la piel inflamada; y c) síntoma permanente, es decir, si no se ha producido ningún cambio en la mancha cutánea durante la primera semana de aislamiento, entonces es necesaria una segunda semana de aislamiento después de la cual, si los síntomas remiten, la persona puede ser declarada "tahor" (pura).

Al mismo tiempo la Torá especifica un síntoma "favorable" que es la decoloración blancuzca de toda la piel (Levítico13:12-13). Esta regla general en la Torá está seguida por dos tipos de manchas cutáneas muy particulares: a) una que se ha convertido en una pústula que se había curado; y b) una que se ha convertido en una mancha de la piel que tenía una quemadura de fuego.

En cada uno de estos dos casos se menciona tan sólo un síntoma grave y es el hecho de que los cabellos se blanqueen. De acuerdo con el principio mencionado, por lo tanto, podemos decir que la intención de cada una de estas dos excepciones es aliviar el caso y no agravarlo, es decir, en estos casos aplicamos la regla del síntoma favorable (blancura de toda la piel) pero no así la regla de los síntomas agudos (carne viva y síntoma persistente), excepto el síntoma del cabello volviéndose blanco.

10) Deducción "cuando un tema que ya ha sido incluido en una regla general es exceptuado para especificar un determinado punto no cubierto por la regla general, la excepción tiende a aliviar en algunos aspectos y a agravar en otros": Un ejemplo de la aplicación de este principio se encuentra en relación con la ley de negaím (manchas) cuando afectan la cabeza o la barba (Levítico 13:29). Sin embargo, aquí la Torá introduce un nuevo síntoma que no había sido incluido anteriormente en la regla general y que es el cabello "amarillo" como señal de tumáh (Levítico 13:30). Por lo tanto y de acuerdo con este principio, la Torá indica que el propósito de la excepción es aplicarle la gravedad del cabello amarillo como señal de tumá, mientras se le otorga la condición de benigno al cabello blanco, el cual no es una señal de tumá en este caso (aunque el cabello blanco es un síntoma de tumá en las afección de la piel - tzaraát - lepra, mencionada en el punto 9).


11) Deducción "un tema ya incluido en una regla general y luego exceptuado para poder tratar un asunto nuevo, no puede volver a incluirse en la regla general, a menos que el texto lo haga expresamente":

Como ejemplo tenemos que un "metzorá" (leproso) habiendo sido limpiado de su lepra, tenía que traer ciertos sacrificios como expiación, entre ellos un cordero macho como ofrenda de culpa (asham). Una de las razones por la que se requería una expiación era el hecho de que el haber sido afectado por la plaga se debía a un castigo por "Lashón hará" (lengua maligna y difamación), dos cosas que traen como consecuencia el aislamiento de las personas entre sí. Por lo tanto había sido afectado por la plaga y aislado de la comunidad, para que durante su aislamiento y aflicción pudiera pensar y arrepentirse. La Torá declara que este cordero macho debía ser sacrificado en el mismo lugar donde se hacían las ofrendas por pecado y se quemaba todo en la esquina norte del altar. El texto continúa diciendo: "porque así como es la ofrenda de pecado, así es la ofrenda de culpa". Ahora bien, esta regla general ya ha sido mencionada una vez. Sin embargo, se hacía necesario el volver a mencionarla porque el caso de la ofrenda por culpa del leproso estaba exceptuado de la regla general por medio de la introducción de una nueva ley accesoria especial para este caso, la cual consistía en frotar con sangre del sacrificio la oreja y el pulgar, además del pulgar del pie derecho del leproso curado (Levítico 14:14). Esta era una ceremonia no necesaria en el caso de una ofrenda usual por culpa. Por lo tanto, podría pensarse que la excepción pudiera aplicarse también a otros aspectos, como por ejemplo, quemar la grasa sobre el altar. De allí que se incluye este caso particular en su categoría original o regla general.

12) Deducción "un tema que se deduzca de su contexto o del texto subsiguiente": Por ejemplo, uno de los Diez Mandamientos es: "No robarás".

Los Sabios declaran que esto se refiere a robar (secuestrar) a un ser humano, lo cual es castigado con la pena de muerte. Deducen esto por el hecho de que este "robo" aparece en el mismo contexto con "No asesinarás", cosa que la Torá (en otro lugar) determina como un crimen castigado con la muerte.

Por otro lado, el texto: "No robarás, ni tampoco tratarás falsamente...", se refiere al robo de dinero o valores, lo cual no está sujeto a la pena de muerte. Un ejemplo de la aplicación de la segunda parte de este principio se encuentra en la ley concerniente a la plaga dentro de una casa. Está escrito:"Cuando lleguéis a la tierra de Canaán... y yo ponga una plaga de lepra en una casa, en la tierra que os pertenece" (Levítico 14:34). La Torá no especifica en este texto qué clase de casa, una de madera o de ladrillo. Más adelante, sin embargo, se hace referencia a los materiales de la casa afectada, el texto menciona específicamente: "sus piedras, maderamen y mezcla". De esta manera, el texto ha especificado más adelante qué tipo de casa está sujeta a esta ley.


13) Deducción "cuando dos textos se contradicen, sólo pueden entenderse por intermedio de un tercero que los reconcilia":

Por ejemplo, respecto a la forma en que Moisés recibía la voz divina durante la travesía del pueblo de Israel en el desierto.

1- Está escrito en Exodo 25:22: "Y te hablaré a ti (Moshé) desde lo alto del "Kaporet". Kaporet era la cobertura de oro del Arca del Testimonio en el Kodesh HaKodashim (Sancta Sanctorum).

2- Por otro lado, el texto en Levítico 1:1 dice: "Y D's le habló desde la tienda del encuentro". La tienda del encuentro (Ohel moed) era el Santuario en general.

En principio, los dos versículos parecen contradecirse. Sin embargo, los dos textos están reconciliados por un tercero:

3- "Y cuando Moshé entró a la tienda del encuentro... escuchó la Voz que le hablaba desde arriba de la cobertura del Arca (Kaporet) la cual estaba encima del Arca del Testimonio, entre los dos Kerubim; y El le habló" (Números 7:89).

O sea, a Moisés se le habló en el Ohel Moed, pero la Voz llegó hasta él desde arriba, desde el Kaporet por entre los dos Kerubim (Formas de ángeles situados sobre el Arca del Testimonio).





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